Sala IV condena al Estado por caso de 3 venezolanas que solicitaron refugio
(CRHoy.com) Un grupo de 3 personas venezolanas y una colombiana ganaron un recurso de hábeas corpus presentado en la Sala Constitucional, luego de que se les rechazara la solicitud de refugio en el país.
Los denunciantes interpusieron el recurso para que se determinara si la Unidad de Refugio de la Dirección General de Migración y Extranjería violentó el derecho de buscar asilo y el debido proceso de esta familia.
Según se expone en el Boletín de la Sala Constitucional, los afectados cuestionaron que ante la decisión administrativa no se podían presentar recursos, tras el decreto 4381 0-MGP de 1 de diciembre de 2022.
Según la narración de las personas afectadas, desde que interpusieron una denuncia contra la Policía Nacional Bolivariana (PNB) han sido víctimas de acoso y amenazas por lo que tuvieron que dejar el país.
Por ello desde enero pasado arrancaron las gestiones para solicitar refugio en el país, pero fueron rechazadas desde que se le pidió documentación de su país, y era un requisito con el que no podía cumplir.
Tras la presentación del recurso, los magistrados lo declararon con lugar y anularon las siguientes resoluciones:
- N. 135-1043110-Administrativa, de las nueve horas con veinte minutos del 9 de febrero 2023
- N. 135-1043115-Administrativa, de las nueve horas con treinta y tres minutos del 9 de febrero 2023
- N. 135-1043123-Administrativa, de las nueve horas con treinta y cinco minutos del 9 de febrero 2023
- 135-1043127- Administrativa y la N. 135-1043129-Administrativa, de las nueve horas con cincuenta minutos del 9 de febrero 2023.
"Y accesoriamente se anulan las resoluciones que declararon inadmisible los recursos de impugnación planteados por la recurrente a su favor y a favor de los amparados, sean las resoluciones N. 135-1050465-Administrativa, de las ocho horas con veintiséis minutos del 14 de marzo 2023, N. 135- 1050477 Administrativa, de las ocho horas con treinta y siete minutos del 14 de marzo 2023, N. 135-1050456- Administrativa, de las ocho horas con trece minutos del 14 de marzo 2023, y N. 135-1050471-Administrativa, de las ocho horas con treinta y cuatro minutos del 14 de marzo 2023", señala la información.
En el fallo se condena al Estado al pago de los daños y perjuicios causados. Por este caso, la magistrada Garro Vargas salvó el voto y pidió que se otorgara a la parte recurrente un término de 15 días hábiles para que formalice la acción de inconstitucionalidad contra el artículo 14 del "Reglamento de Personas Refugiadas", n.°36831 del 28 de setiembre de 2011, reformado por el numeral 1° del decreto ejecutivo n.°43810 del 29 de noviembre de 2022.