Sala IV da visto bueno a tratado de extradición entre Costa Rica y Uruguay
La Sala Constitucional comunicó este miércoles que dio su visto bueno al proyecto de ley del Tratado de Extradición entre Costa Rica y Uruguay, aplicable en casos relacionados con delitos de narcotráfico y terrorismo.
Los magistrados determinaron por unanimidad que el proyecto no presenta vicios de inconstitucionalidad y detallaron los parámetros que deberán cumplirse para aplicar correctamente el tratado.
Nuestro país concederá la extradición siempre que, de previo a la entrega de la persona extraditable, se tenga la seguridad jurídica absoluta de que las penas ahí señaladas, como la pena de muerte o la cadena perpetua, no serán impuestas ni aplicadas. En su lugar, en caso de condena, se deberá imponer una pena privativa de libertad aceptada por nuestro ordenamiento jurídico.
En caso de que ya se haya dictado sentencia, Costa Rica deberá contar con la seguridad jurídica absoluta —de forma previa— de que dicha clase de pena será sustituida o conmutada por una sanción privativa de libertad que sea aceptada por nuestra normativa.
En el caso de una condenatoria dictada en ausencia del imputado, este deberá recibir la garantía de que se le realizará un nuevo juicio y que tendrá derecho a comparecer en él.
El informe concluyó además que la orden de detención deberá estar respaldada por una resolución o solicitud emitida por una autoridad jurisdiccional o judicial del país solicitante.
Este aval se originó tras una consulta enviada por la Asamblea Legislativa, con el fin de esclarecer si el proyecto presentaba vicios de inconstitucionalidad.