Sala IV ordena al AyA garantizar agua cuando cortes sean de más de 6 horas
Condenan al AyA y a Aresep al pago de costas, daños y perjuicios
La Sala Constitucional ordenó al Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA) garantizar el suministro de agua potable diario y suficiente para atender las demandas en las poblaciones más afectadas por el faltante del suministro, cuando el mismo se interrumpa por tiempos mayores a 6 horas.
También ordenó que en un lapso de 18 meses se adopten los requerimientos necesarios para que el líquido llegue de manera eficaz, eficiente y que sea continúa en los sitios donde hay ausencias prolongadas del recurso hídrico.
La decisión se da luego de que la entidad judicial declarara con lugar 7 recursos de Amparo por faltantes de agua producto de racionamientos, presentados contra el Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA) y en algunos se incluyó a la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (Aresep).
De acuerdo con el Tribunal Constitucional, los afectados alegaron que, con mucha frecuencia, la institución autónoma les suspendió el suministro del líquido sin ningún tipo de aviso y por periodos prolongados, algunos de ellos por más de 24 horas.
En los reclamos ciudadanos hubo detalles sobre la ausencia de comunicados con los respectivos horarios de suspensión, así como aquellos vinculados con la posibilidad de reanudar el servicio, lo cual para los magistrados de la Sala Constitucional, los vecinos quedan en estado de indefensión.
"En el análisis de los expedientes, la Sala Constitucional verificó un problema estructural por parte del AyA en la prestación del servicio de agua potable en perjuicio de los habitantes de las comunidades de Alajuelita, Desamparados, San José, Coronado y Hatillo, de donde provienen los recurrentes.
"El AyA trató de justificar el desabastecimiento de agua potable, aludiendo a múltiples factores, como el fenómeno de El Niño, un exceso de demanda por parte de la población, una disminución en las fuentes de producción, el comportamiento de las lluvias, entre otros", precisó la Sala.
Los magistrados consideraron que existen informes técnicos de diversas instituciones evidenciaron "que los esfuerzos" habían sido "claramente insuficientes" porque si se hubiera dado una planificación en los proyectos de infraestructura a mediano y largo plazo, la historia sería otra.
En cuanto a la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, la Sala Constitucional ordenó que de manera inmediata procedan a velar por el cumplimiento de las normas de calidad y confiabilidad para garantizar el servicio público del AyA.
Es decir, que realice inspecciones técnicas a las propiedades, las plantas y los equipos que tengan como finalidad la posibilidad de brindar dicho servicio. También se pidió la opción de efectuar controles sobre las instalaciones y los equipos dedicados a fiscalizar dicho cumplimiento.
Tanto el AyA como la Aresep fueron condenadas por el Tribunal al pago de costas, daños y perjuicios causados.