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Sala IV rechaza recurso de Ofelia Taitelbaum, exdefensora seguirá en prisión

Pretendía que se ordenara libertad condicional con monitoreo electrónico

Por José Adelio Murillo | 5 de Nov. 2024 | 5:15 pm

La Sala Constitucional confirmó que rechazó de plano un recurso de habeas corpus presentado por el abogado de la exdefensora de los Habitantes, Ofelia Taitelbaum en contra de su detención y aprisionamiento. Así lo confirmó el alto tribunal tras la consulta de crhoy.com.  

El primer reclamo del recurrente fue cuestionar la forma en que se tramitó la excusa de varios magistrados de la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia, que se separaron de tramitar el recurso de casación interpuesto por la exdefensora contra la sentencia número 2024-1238 del Tribunal de Apelación de Sentencia Penal del II Circuito Judicial de San José, que ratificó una condena sobre la exfuncionaria.

También refutó el plazo que tardaron en resolver dicha impugnación los magistrados suplentes que fueron designados para conocer dicho recurso.

No obstante, los magistrados constitucionales recordaron que dentro de las funciones que le han sido asignadas por la Constitución Política y la Ley de la Jurisdicción Constitucional a la Sala, no se encuentra la de fungir como una instancia más dentro del proceso penal.

"Esto conlleva a que este Tribunal no pueda sustituir a las instancias ordinarias previstas por el ordenamiento jurídico para resolver los distintos aspectos que se planteen dentro de un expediente que se conozca en la jurisdicción penal, pues para ello existen diversos instrumentos previstos por la legislación ordinaria a los que pueden recurrir las distintas partes", señaló la entidad.

Los magistrados aclararon que los reclamos planteados constituyen un tema de legalidad que escapa del ámbito de competencias de esta jurisdicción, dado que Sala IV no puede por medio del recurso de habeas corpus entrar a analizar si las causales invocadas por los magistrados de la Sala Tercera para inhibirse del recurso de casación mencionado, eran justificadas o no, o si se encontraban dentro de los supuestos previstos por el Código Procesal Penal.

De igual forma, tampoco compete a la Sala analizar si el procedimiento seguido para resolver la impugnación planteada por el accionante por parte de los magistrados suplentes, fue conforme o no al ordenamiento jurídico, o si el lapso que estos tardaron para estudiar y emitir un fallo fue el adecuado.

Lo anterior, por cuanto para ello sería necesario realizar una serie de diligencias que son ajenas al ámbito de competencias de esta jurisdicción y, además, exceden la naturaleza sumaria del recurso de habeas corpus.

De esta forma, si el recurrente considera que se incurrió en algún tipo de acción u omisión que pueda generar una nulidad o responsabilidad por parte de la autoridad recurrida, lo procedente es que plantee su disconformidad en la vía ordinaria, con el fin de que se resuelva ahí lo que corresponda.

De esta forma, si el recurrente estima que no es posible ordenar la detención de su representada, hasta tanto no sea resuelta la gestión de adición y aclaración y nulidad que planteara, deberá plantear dicho alegato mediante los procedimientos previstos por el ordenamiento jurídico, con el fin de que se resuelva lo en derecho corresponda en la jurisdicción penal. En razón de lo expuesto, el punto planteado debe ser rechazado.

El abogado de Ofelia Taitelbaum además pidió a la Sala Constitucional que dada la condición de adulta mayor de la defensora detenida, se disponga que se le conceda el arresto domiciliario con monitoreo electrónico.

Sobre este aspecto, los jueces constitucionales reiteraron que tampoco les compete determinar si la ella cumple o no con los requisitos previstos por la ley para obtener dicho beneficio, pues es un tema que debe ser planteado y resuelto en la vía ordinaria.

Crhoy.com intentó contactar a Hugo Navas, el defensor de Taitelbaum, pero al cierre de esta nota no obtuvimos respuesta.

En prisión

Taitelbaum está por cumplir su segunda semana aprisionada, luego que el pasado 24 de octubre se entregó en los Tribunales de Goicoechea para empezar a descontar 7.5 años de cárcel que impuso desde enero anterior la autoridad judicial.

Esto luego que la Sala III rechazó el recurso presentado por con el cual pretendían apelar la condena impuesta a inicios de año contra por 29 delitos de uso de documento falso. Este rechazo significa que la sentencia de 7.5 años de cárcel quedó en firme, por ende deberá empezar a descontar la pena y estará privada de libertad.

La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia informó que declaró inadmisible un recurso de casación interpuesto por el abogado Hugo Navas, representante de la exdefensora. Dicha resolución, se dio mediante el voto 1090-2024 de las 11:16 a.m. del 24 de octubre del 2024.

Aunque el jurista reconocía que ya no hay vías legales para apelar la sentencia, duda del procedimiento que utilizaron algunos magistrados para inhibirse o hacerse a un lado de la decisión, dando paso a magistrados suplentes.

La exfigura política está en la cárcel de mujeres Vilma Curling (conocida como el Buen Pastor) desde el 25 de octubre en la madrugada.

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