MiPymes recibirán respaldo ante efectos económicos del COVID-19
Plan de acción incluye condonación de deudas, moratoria en el pago de créditos, periodos de gracia, entre otros
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La disminución en la demanda de bienes y servicios en el último mes a raíz de la pandemia del COVID-19, ha afectado en gran manera a diferentes sectores productivos de la sociedad, especialmente a micros, pequeños y medianos empresarios.
Estos sectores representan un alto porcentaje de la fuerza laboral, por lo que su afectación, desencadena una serie de efectos económicos negativos para el país. El comercio genera el 16 % de los empleos, la agricultura el 12 % a escala nacional y el 33 % en el área rural, la industria manufacturera el 10 % y los hoteles y restaurantes el 6 %.
Con el objetivo principal de proteger la producción nacional y las fuentes de empleo, El Sistema de Banca para el Desarrollo (SBD), anunció un plan de acción que busca minimizar el impacto del COVID-19 en las micro y pequeñas empresas beneficiarias de sus programas de financiamiento.
Se trata de 8 medidas relacionadas con moratorias de deudas, aplicación de periodos de gracia para el pago del principal y reactivación de fondos para atender emergencias.
¿Cuáles son las medidas aprobadas por el Consejo rector del SBD?
Es fundamental que los beneficiarios interesados en acceder a estas condiciones, consulten directamente con los operadores financieros acreditados del SBD. Pueden encontrarlos INGRESANDO AQUÍ o solicitar más información en la línea telefónica 2105-8181.
- Periodo de gracia de hasta 12 meses, en el pago de capital de las operaciones financiadas con recursos del FONADE: para las empresas, actividades y sectores económicos con mediana afectación, entendida como la no suspensión abrupta de sus ventas, contratos u otros efectos negativos severos, pero sí una reducción en su flujo de caja. Esto a partir del próximo 01 de abril.
- Moratoria en el pago de capital e intereses hasta por un plazo máximo de 6 meses, en créditos con recursos de FONADE (antes FINADE): para las empresas, actividades y sectores económicos con grave afectación económica, producto de una dramática disminución en las ventas, suspensión de contratos, cierres parciales o totales, u otros aspectos directamente relacionados con la emergencia por COVID-19.
Este plazo es ampliable hasta por 3 meses adicionales por parte del Consejo Rector, contados a partir del próximo 1 de abril, sin perjuicio de que los créditos puedan ser aprobados antes de esa fecha. Los operadores financieros aplicarán los plazos de la moratoria en función de la afectación del sector económico y la unidad productiva.
- Capital de Trabajo de Emergencia: canalización de CRÉDITOS URGENTES cuyo plan de inversión sea Capital de Trabajo para las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas.
Este financiamiento tiene el propósito que las MiPymes puedan mantener las operaciones mínimas necesarias durante el periodo de mayor impacto de los efectos económicos de la emergencia sanitaria, hacer el pago de proveedores y cubrir los costos mínimos de la planilla entre otras actividades necesarias y pertinentes que reduzcan el riesgo de cierre. Este financiamiento, de ser necesario, podrá contar con avales individuales del FONADE al 90% de cobertura.
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- Refinanciamiento de operaciones de crédito con recursos del SBD para capital de trabajo: para todas aquellas operaciones de crédito que califiquen como Micro, Pequeña y Mediana Empresa, con el fin de responder a los requerimientos actuales de la actividad productiva y los potenciales efectos del Covid-19 en el entorno económico.
- Programa de Primer Impacto del SBD (Programa de Emergencias): incluye la canalización de ¢8.000 millones provenientes del "Impuesto a la Banca Maletín" para la prevención, rescate, recuperación y reactivación económica de las actividades empresariales y productivas, que estén en riesgo por situaciones de mercado, climáticas, volcánicas, inundaciones, enfermedades, o que hayan sido afectadas por desastres naturales o factores antrópicos como la situación del Covid-19, decretada como emergencia nacional en el país.
6. Avales de cartera: asignación de hasta ₡10 mil millones del Fondo de Avales y Garantías del FONADE, para ser canalizados en avales de cartera sobre operaciones de crédito de MiPymes que, por causa de los efectos económicos producto del COVID-19, requieran condiciones especiales, entre otros aspectos, para su financiamiento, refinanciamiento o reestructuración. La cobertura para estos avales de cartera será del 50%.
Emisión de avales individuales, por una única vez, por un monto máximo a garantizar por operación de crédito, hasta por el 90% de cobertura para las nuevas operaciones de financiamiento productivo que tramiten los afectados.
- Aval de emisión de títulos valores: "Garantías Parciales" para emisiones de títulos valores (deuda) que realicen pequeñas y medianas empresas en el mercado de valores. La cobertura será hasta por un 50% del valor de la emisión.
8. Presentación, por parte del Gobierno, del "Proyecto de ley de apoyo a beneficiarios del sistema de banca para el desarrollo ante emergencia por COVID-19": este proyecto considera condonar la totalidad de las obligaciones financieras de primer piso, que mantienen con el Fondo Nacional para el Desarrollo FONADE a 2705 micro, pequeños y medianos productores agropecuarios.