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Sospechoso de asesinar a habitante de calle descontará 3 meses de prisión por femicidio

Captura ocurrió la semana anterior: otro sospechoso también descuenta prisión preventiva

Por José Adelio Murillo | 6 de Oct. 2025 | 9:12 am

Un sujeto de apellidos Hernández Molina cumplirá tres meses de prisión preventiva, tras figurar como sospechoso de asesinar a Luz Etilma Herra Lobo, una mujer de 39 años que se encontraba en condición de calle.

Al hombre se le imputa el delito de femicidio en otros contextos, figura legal que sanciona los crímenes cometidos contra mujeres que no son pareja ni familiares del sospechoso, pero que se hallan en situación de vulnerabilidad.

El femicidio habría ocurrido el 11 de abril anterior, en San Ramón. Por el mismo caso, otro hombre, de apellidos Fernández Víquez, cumple igual medida cautelar desde el 21 de agosto.

Tras diversas diligencias, el Organismo de Investigación Judicial (OIJ) y la Unidad de Género de San Ramón del Ministerio Público lograron identificar inicialmente a Fernández como sospechoso. Luego, se obtuvo prueba que hace presumir que Hernández también participó en los hechos.

La medida cautelar fue ordenada por el Juzgado Penal de San Ramón el viernes anterior. El caso se tramita bajo el expediente 25-000750-0068-PE.

De acuerdo con la Ley de Penalización de la Violencia contra las Mujeres, el femicidio en otros contextos puede configurarse cuando el autor se haya aprovechado de una relación o vínculo de confianza, amistad, parentesco, autoridad o poder con la mujer víctima, o cuando el crimen ocurra dentro de relaciones familiares de consanguinidad o afinidad hasta el tercer grado, independientemente de que compartan o no el mismo domicilio.

También aplica cuando el autor tenga antecedentes de violencia perpetrada contra la víctima en los ámbitos familiar, laboral, estudiantil, comunitario o religioso, aunque esos hechos no hayan sido denunciados previamente.

Este tipo penal igualmente abarca los casos en que el agresor sea cliente explotador sexual, tratante o proxeneta de la víctima, o cuando la mujer se haya negado a establecer o restablecer con él una relación o vínculo de pareja, permanente o casual, o cualquier tipo de contacto sexual.

Asimismo, se considera femicidio en otros contextos cuando el autor comete el hecho para preparar, facilitar, consumar u ocultar un delito sexual, o cuando utiliza a la mujer como acto de venganza, represalia o cobro de deudas en crímenes organizados de narcotráfico u otros delitos conexos.

En el ámbito político, también se tipifica como tal cuando una mujer es asesinada en razón de su participación, cargo o actividad política.

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