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Sale a consulta propuesta del canon de infraestructura en telecomunicaciones

Según lo establece la Ley 10216

Por Erick Murillo | 4 de Ene. 2023 | 6:27 am

(CRHoy.com).-La propuesta para fijar el canon de infraestructura de telecomunicaciones ya salió a consulta pública.

Se trata del proyecto de resolución denominado "Metodología para la fijación del canon de arrendamiento por la construcción y operación de redes públicas de telecomunicaciones en bienes de uso público municipales y nacionales, bienes patrimoniales de titulares públicos y fijación de la metodología para el cálculo de la contraprestación pecuniaria por el uso de bienes de dominio público para la instalación de la infraestructura de telecomunicaciones en áreas silvestres protegidas o en el patrimonio natural del estado", informó el Ministerio de Hacienda.

Las observaciones sobre el proyecto en referencia deberán expresarse por escrito y dirigirlas a la cuenta de correo electrónico: Notivalora@hacienda.go.cr. El proyecto se encuentra disponible en este enlace, sección "Proyectos en Consulta Pública".

El plazo para recibir las observaciones es de 10 días hábiles contados a partir del 14 de diciembre del 2022.

Puede consultar el documento en este enlace y el Informe Técnico en el que se sustenta la propuesta aquí.

Reglamentación atrasada

Desde el pasado 8 de diciembre debían estar listos 2 nuevos reglamentos de telecomunicaciones, además del canon que salió a consulta.

Así lo establece la Ley 10216 para incentivar y promover la construcción de infraestructura de telecomunicaciones en Costa Rica.

La legislación promulgada el pasado 8 de junio, determinó que un plazo máximo de 6 meses contados a partir de la fecha de publicación en el diario oficial La Gaceta, tenían que estar listos un reglamento, una normativa y un canon.

TRANSITORIO IV- La Dirección General de Tributación del Ministerio de Hacienda, en el plazo máximo de seis meses a partir de la entrada en vigencia de la presente ley, emitirá la resolución donde se fije el monto del canon por uso de bienes inmuebles públicos.

TRANSITORIO V- El Ministerio de Hacienda en conjunto con el Ministerio de Ciencia, Innovación, Tecnología, y Telecomunicaciones (Micitt), en el plazo máximo de seis meses a partir de la entrada en vigencia de la presente ley, emitirán el reglamento para la definición de los aspectos y las condiciones relacionadas con el uso de infraestructura pública, dispuesto en el artículo 4 de la presente ley.

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