TSE cita como antecedente resolución contra expresidente Figueres para retiro de fuero a Chaves
Andrei Cambronero, letrado del Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) y asesor de la presidencia del órgano electoral, señaló este lunes a los diputados de la Comisión Especial Reforma Sistema Político y Electoral del Estado que la solicitud del levantamiento del fuero o inmunidad contra el presidente Rodrigo Chaves por 15 denuncias por beligerancia política no ha sido la única en dicha materia remitida por la institución a Cuesta de Moras.
Cambronero citó la denuncia por beligerancia política enviada por el Tribunal a la Asamblea Legislativa, en 1995, para el caso del mandatario de este entonces, José María Figueres Olsen, varios ministros de Estado y la vicepresidenta de esta época.
"En 1995, el Tribunal Supremo de Elecciones, a través de la resolución 982 de ese año, remitió una denuncia por beligerancia política en contra del señor José María Figueres Olsen, entonces presidente de la República", explicó Cambronero.
"En ese entonces el Tribunal envió a la Asamblea, en los términos del artículo 102 inciso 5, para lo que corresponda. No obstante, a ello, en el año 1996, varios meses después, en la sentencia 038-1996, el Tribunal Supremo de Elecciones de entonces, estableció tres razones por la cuales la Constitución dice: se concretará dar cuenta a la Asamblea Legislativa lo es para el pronunciamiento del fuero".
Sustento para solicitud de desafuero
El letrado citó estos tres escenarios:
"La primera de ellas es un paralelismo de formas. El Tribunal estableció que quien otorga la credencial es quien puede retirarla única y exclusivamente. Segundo, se hace una analogía que tiene el proceso penal ordinario cuando corresponde a una acusación contra miembros de los Supremos Poderes y, la tercera razón que da el Tribunal es una razón de carácter sociopolítico e histórico, analizando que una denuncia por beligerancia política lo que entraña es una discusión sobre la participación política de funcionarios del Estado y más puntualmente altos funcionarios del Estado y que no correspondería al órgano político por excelencia del Estado tomar decisión final sobre ese tipo de asuntos".
"Esa sentencia se ha mantenido vigente en la línea jurisprudencial hasta hoy y que no ha sido contradicha, de forma tal que, luego se dan las discusiones en esta Asamblea Legislativa del Código Electoral que actualmente no rige".
Presidencia dará resolución
La presidenta en ejercicio del Congreso, Vanessa Castro, aclaró que el próximo 20 de octubre dará la resolución sobre la ruta a seguir ante la solicitud de desafuero contra Chaves.
Sin embargo, aseguró que no se alejará del proceso seguido por la Asamblea Legislativa con la acusación por concusión de la Fiscalía contra el mandatario, en el caso BCIE-Cariñitos, al tratarse de proceso atípicos en el quehacer legislativo.
El pasado 22 de setiembre, el Congreso rechazó el levantamiento de la inmunidad al mandatario, con 34 votos a favor y 21 en contra. Se requerían 38 votos para el desafuero.
La ruta legislativa por caso BCIE-Cariñitos
Rodrigo Arias Sánchez, presidente del Congreso, fue quién definió el trámite legislativo ante la denuncia por concusión.
La Presidencia del Congreso y los jefes de fracción acordaron la fecha para una sesión plenaria especial, en la que se confirmó una comisión de tres diputados encargada de analizar el expediente por un plazo de 30 días.
Finalizado ese plazo, se votó el informe de mayoría en el cual se recomendó el levantamiento del fuero con dos votos a favor y uno en contra. Este documento debió ser leído en Plenario 10 días hábiles después de ser dictaminado.
Votación de inmunidad Plenario
Tras la lectura del informe, se realizó una sesión especial del Plenario, en la que el presidente Chaves se ausentó, pese a tener el derecho de referirse al caso para hacer uso de la legítima defensa por un espacio de 30 minutos.
Cada fracción participó en un debate reglado, con tiempos definidos previamente. Antes de las 6:55 p.m. se concluyó el debate y se procedió a la votación inmediata.
En dicha oportunidad, el 22 de setiembre de 2025, el Plenario no alcanzó los 38 votos necesarios, con solo 34 a favor y 21 en contra. Por lo que no se aplicó el desafuero presidencial.
Para esta nueva solicitud, si se aprueba el desafuero, el presidente quedará a disposición del TSE, que continuará con el proceso por las 15 denuncias relacionadas con presunta interferencia electoral y violación al principio de neutralidad política.