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Vecinos de residencial reclamaron porque perros hacían mucho rudio: Esto resolvió la Sala IV

Por Ambar Segura | 5 de Sep. 2025 | 2:41 pm

La Sala Constitucional resolvió con lugar un recurso de amparo presentado por un vecino del residencial Altos de Omega, en San Juan de La Unión, contra el Servicio Nacional de Salud Animal (Senasa).

El recurso se presentó por inacción ante la denuncia por contaminación sónica. Además, por posibles riesgos a la salud y seguridad pública ocasionados por varios perros en una vivienda vecina.

El recurrente vive en la zona desde octubre de 2020 junto a su esposa y sus tres hijos. Uno de sus hijos padece atrofia cerebelosa progresiva, trastorno del desarrollo intelectual moderado-severo, epilepsia parcial sintomática, vómitos ictales y trastorno del espectro autista de nivel II-III.

Alegó que ha enfrentado durante años ruido constante generado por cinco o seis perros pastores alemanes mantenidos en jaulas pequeñas. Los perros viven en la casa 6H del residencial.

Según su testimonio, los perros ladran de forma ininterrumpida tanto de día como de noche. Asegura que la situación ha afectado significativamente la calidad de vida de su familia, en especial la de su hijo con condiciones médicas delicadas.

A pesar de haber realizado mejoras en su vivienda para minimizar el impacto del ruido, la situación persiste.

El denunciante manifestó que presentó múltiples quejas ante el Ministerio de Salud y Senasa, sin recibir soluciones efectivas. Senasa indicó que el tema del ruido es competencia de Salud. Por su parte, Salud adujo no tener competencia por tratarse de un "ruido no artificial".

Asimismo, señaló que los perros representan un peligro al andar ocasionalmente sueltos por el residencial, sin correa ni bozal, lo que pone en riesgo a niños y vecinos.

Ante la falta de respuesta, el recurrente interpuso una denuncia en el Ministerio de Salud de La Unión. Un inspector realizó una visita, constató el ruido y las condiciones de los animales, y remitió un oficio a Senasa. No obstante, el denunciante asegura que no hubo seguimiento ni resolución del caso.

La Sala Constitucional declaró con lugar el recurso de amparo únicamente contra Senasa y ordenó adoptar las medidas necesarias para pronunciarse sobre la contaminación denunciada en un plazo improrrogable de dos meses.

Asimismo, se ordenó al Área Rectora de Salud de La Unión, o a quien ocupe ese cargo, brindar toda la asistencia que Senasa requiera para atender el caso.

En cuanto al Ministerio de Salud, el recurso fue declarado sin lugar. Finalmente, se condenó al Estado al pago de las costas, daños y perjuicios.

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