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“Compliance” en las compras del Estado

Tradicionalmente, los sistemas de compras públicas han sido un terreno fértil para prácticas corruptas, que abarcan desde el pago de sobornos a funcionarios públicos hasta la manipulación de pliegos para favorecer intereses particulares. Los efectos de la corrupción son complejos de medir, ya que generan ineficiencias y distorsiones en los mercados que afectan negativamente la competencia empresarial. Los Estados desperdician recursos escasos, lo que conduce al fracaso en la resolución de los problemas nacionales. Además, la corrupción puede socavar la confianza en el sistema democrático.

La corrupción no es un problema que afecte solo a un segmento de la sociedad; es un desafío que concierne a todos nosotros. Los datos de la Encuesta Nacional de Prevención de Corrupción de 2020 de la Contraloría General de la República son reveladores: solo el 2.2% de los encuestados consideró que las empresas privadas eran las principales responsables de prevenir la corrupción. Esto indica que la mayor parte de la responsabilidad en la prevención de la corrupción recae en el sector público.

En Costa Rica, la promulgación de la Ley General de Contratación Pública ha establecido nuevas obligaciones para los proveedores del Estado. Estas obligaciones deben interpretarse en consonancia con la Ley de responsabilidad de las personas jurídicas en relación con cohechos domésticos, soborno transnacional y otros delitos. Como resultado, las empresas que proveen al Estado deben tomarse en serio la prevención de riesgos legales y adoptar modelos de gestión y prevención de riesgos asociados a su actividad contractual con el Estado.

La nueva ley de compras indudablemente aumenta los riesgos para las empresas privadas que son proveedoras del Estado. Se introducen herramientas que permiten a las entidades estatales tomar un papel más activo en la prevención de la corrupción, incluyendo procesos de investigación más rápidos, sanciones más severas por incumplimientos y una tipificación amplia de conductas prohibidas. La participación en actividades ilegales puede no solo resultar en sanciones administrativas, sino también en la comisión de delitos penales de acuerdo con la reciente ley de responsabilidad penal de la persona jurídica, lo que expone a las empresas proveedoras a consecuencias aún más graves. Esto incluye desde la inhabilitación para participar en licitaciones de compras, sanciones económicas, cancelación de permisos, hasta la disolución de la entidad jurídica, entre otras consecuencias previstas en la normativa penal. El sistema legal nos está llevando a un cambio de paradigma en el que las empresas proveedoras también tienen una alta responsabilidad en la prevención de la corrupción, reforzando la percepción de la responsabilidad compartida.

La responsabilidad compartida implica que tanto las instituciones encargadas de tramitar las compras como las empresas proveedoras deben tomar medidas adecuadas para prevenir la corrupción, ya que los actos corruptos afectan a ambas partes. Desde la perspectiva de las instituciones, deben establecer códigos de ética, políticas anticorrupción, códigos disciplinarios y cláusulas contractuales que establezcan la obligatoriedad de cumplir con estas regulaciones. Esto permitirá que cualquier violación a la normativa interna se considere un incumplimiento y permitirá a la institución investigar y sancionar de manera eficiente. Las instituciones podrían incluso otorgar beneficios a las empresas que hayan implementado modelos de prevención de riesgos, utilizándolos como criterio de desempate al seleccionar un proveedor. Esto sería una motivación adicional para que las empresas adopten estos modelos de prevención, ya que podría marcar la diferencia en la adjudicación de contratos.

Desde la perspectiva de las empresas privadas, es fundamental implementar modelos de prevención de riesgos asociados a los contratos estatales y promover una cultura de legalidad. Esto implica un conocimiento profundo de las leyes que regulan las compras públicas para comprender con claridad los límites de sus acciones. Estas medidas están diseñadas para cambiar la percepción de la responsabilidad en la prevención de la corrupción, promoviendo una cultura de ética y legalidad en todas las estructuras de nuestra sociedad.

Abogado especialista en Fideicomisos y Obra Pública

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