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Contraloría ratifica prohibición a exdirectivos de Infocoop de ejercer cargos públicos

Responsables de una falta grave tras aprobar y recomendar una tasa de equilibrio institucional (TEI) inadecuada

Por Erick Carvajal | 26 de Oct. 2018 | 6:12 am

La Contraloría General de la República (CGR) ratificó la sanción impuesta contra los exdirectivos de Instituto de Comento Coooperativo (Infocoop), a los cuales les impuso un periodo 5 años sin ejercer cargos públicos.

El ente contralor los encontró responsables de una falta grave tras aprobar y recomendar una tasa de equilibrio institucional (TEI), la cual evitó que se pudiera recuperar los créditos otorgados por la institución y afectó su crecimiento.

La resolución de la División Jurídica 15054-2018 DJ-1390 fue emitida el 19 de octubre pasado, en el procedimiento administrativo de la Hacienda Pública CGR-PA-2017008121 seguido contra Alfredo Rojas Durán, Eliécer de los Ángeles Ureña Quirós, Freddy González Rojas, Álvaro Gómez Ferreto, Óscar Ávila Solé, Gerald Calderón Sánchez, Álvaro González Alfaro, Juan Carlos Jiménez Segura y Carlos Alberto Castro Ríos.

En el por tanto, se declararon sin lugar en todos sus extremos los recursos presentado por las partes y se elevó el caso al Despacho de la Contralora General, Marta Eugenia Acosta, la cual es la última instancia de apelación que tienen los sancionados.

La sanción fue impuesta en una primera resolución el 10 de setiembre pasado, de la cual los exdirectivos podían presentar sus recursos de apelación los cuales fueron rechazados el pasado 19 de octubre.

"En relación con los argumentos relacionados con el tema de la prescripción alegada por todos los investigados, considera este órgano decisor errada la posición de las defensas, en el sentido que tal y como se indicó en la resolución impugnada no se ha configurado la prescripción de la responsabilidad administrativa, y al respecto se debe reiterar en primera instancia, la potestad constitucional de recomendar la aplicación de sanciones a los servidores de los sujetos pasivos por infringir normas del ordenamiento de control y fiscalización de la Hacienda Pública",señaló la resolución de la División Jurídica.

Estos exdirectivos, según la CGR, emitieron una metodología de tasa de equilibrio que llevó a la institución a que no se cubrieran los gastos de operación que se obtenían por los ingresos por intereses de la cartera de créditos.

Además, con la dicha medida no se podía recuperar la pérdida del valor real del dinero prestado, ya que establecieron para las variables de inflación y crecimiento en el cálculo matemático de la TEI un valor de cero.

"El error matemático en la fórmula y darle valor de "0" a las variables de crecimiento e inflación son dos supuestos distintos, de los cuales este órgano tuvo por acreditado en ambos la negligencia e imprudencia con la que actuaron los investigados, tal y como se desarrolló en la resolución impugnada", indicó la División Jurídica.

Esto habría provocado que la institución dejara de percibir entre entre 2009 y 2016, un monto de ¢5 mil millones por la manipulación de la tasa de equilibrio.

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