Sugef suspende inscripción de Transcomer para compra y venta de bienes inmuebles
La Superintendencia General de Entidades Financieras (Sugef) suspendió la inscripción de la empresa Transcomer para la actividad de compra y venta de bienes inmuebles.
Así lo confirmaron la Superintendencia y Oscar Gutiérrez Lachner, CEO de Transcomer.
La Sugef informó que se suspendió la inscripción de la empresa en el Registro de Sujetos Obligados, creado por el Reglamento para la inscripción y desinscripción de personas físicas o jurídicas que realizan ciertas actividades económicas incluidas en los artículos 15 y 15 bis de la Ley sobre estupefacientes, sustancias psicotrópicas, drogas de uso no autorizado, actividades conexas, legitimación de capitales y financiamiento al terrorismo.
Una de ellas se refiere a los sujetos que se dediquen de forma habitual a la compra y venta de bienes inmuebles, lo que incluye, entre otros, a corredores, intermediarios, promotores y desarrolladores de proyectos inmobiliarios.
La ley establece que las personas físicas o jurídicas que desempeñen ese tipo de actividades deben inscribirse ante la Sugef, sin que por ello se interprete que están autorizadas para operar. Además, deben someterse a la supervisión de esta en materia de legitimación de capitales y de las acciones que puedan servir para financiar actividades terroristas u organizaciones terroristas.
La resolución tomada por la entidad supervisora para suspender la inscripción de Transcomer se basó en el Acuerdo Sugef 11-18, aprobado por el Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero (Conassif), normativa que obliga a los sujetos inscritos en ese registro a suministrar determinada información.
Cuando se verifica un incumplimiento de esas obligaciones, la Superintendencia General de Entidades Financieras puede ordenar la suspensión de la inscripción en el Registro de Sujetos Obligados.
Implicaciones
Según el artículo 23 del Acuerdo Sugef 11-18, las entidades financieras pueden establecer relaciones comerciales con clientes que realicen actividades descritas, como la compra y venta de bienes inmuebles; no obstante, no pueden habilitar el servicio mientras no se encuentren inscritos ante la Superintendencia, como es el caso de Transcomer.
Por su parte, Gutiérrez explicó que Transcomer es una empresa de actividad dual.
Por un lado, funciona como puesto de bolsa de comercio y, por otro, realiza compras y ventas ordinarias de bienes inmuebles, conforme al artículo 15 bis de la Ley sobre estupefacientes, sustancias psicotrópicas, drogas de uso no autorizado, actividades conexas, legitimación de capitales y financiamiento al terrorismo.
El empresario reconoció que la Sugef le solicitó a Transcomer información sobre compras y ventas ordinarias de propiedades y datos financieros, los cuales, según dijo, fueron proporcionados por la compañía.
Argumentó que la Superintendencia no comprendió completamente la información debido a la actividad dual de la empresa y que, por esa razón, suspendió el registro de esa actividad desde octubre de 2025.
Indicó que, desde entonces y hasta la fecha, la firma continúa operando con total normalidad y sin implicación alguna para los inversionistas.
"La suspensión solo tiene incidencia sobre las compras y ventas de bienes inmuebles, no sobre sus operaciones bursátiles, que son el negocio principal de Transcomer y están reguladas por la Bolsa de Comercio", sostuvo Gutiérrez.
Sobre la condición impuesta por la Sugef, dijo que la empresa ha presentado las acciones administrativas y legales correspondientes.
"Reafirmamos que nuestras operaciones continúan con absoluta normalidad y seguridad para nuestros inversionistas", agregó.
