Casos Cochinilla y Diamante: las fechas claves que podrían dilucidar el camino de ambos expedientes
(CRHoy.com).- La derogatoria -o no- del artículo 2 de la Ley Contra el Crimen Organizado podría cambiar el rumbo de 2 de los casos más mediáticos en el país: Cochinilla y Diamante.
En días recientes, tanto la defensa de los imputados, como el Ministerio Público y los Juzgados se han enfrascado en una discusión sobre si el artículo, que da la potestad al juez de declarar un caso como "crimen organizado" le aplica a las dos investigaciones anteriores, relacionadas con presuntos hechos de corrupción en obra pública. Estas son las fechas claves para entender el embrollo legal en que podrían estar ambos expedientes:
13 de setiembre del 2017
El Congreso aprueba la "Ley de Creación de la Jurisdicción Especializada en Delincuencia Organizada en Costa Rica". La legislación establece en el Artículo 2, que: "El conocimiento de los hechos que califiquen como delincuencia organizada será competencia del Juzgado Especializado en Delincuencia Organizada, del Tribunal Penal Especializado en Delincuencia Organizada y del Tribunal de Apelación de Sentencia Especializado en Delincuencia Organizada. Dicha ley, dispuso un transitorio que establecía que los juzgados empezarían a funcionar en 18 meses después de que se cuente con el presupuesto económico para la operación de los juzgados. Ese periodo se venció el 13 de octubre de 2019.
Esta ley le quitaba la competencia a los demás tribunales que antes declaraban estos casos como crimen organizado, según se contemplaba en la Ley Contra la Delincuencia Organizada número 8754.
8 de octubre del 2019
El juez penal José Pablo León del Segundo Circuito Judicial de San José declara como crimen organizado el caso Cochinilla. Lo que permite hacer las intervenciones telefónicas que revelan una presunta red de corrupción entre funcionarios del Consejo Nacional de Vialidad (Conavi) y empresas constructoras por millonarios contratos de obra pública.
14 de octubre del 2019
Entra en vigencia la Ley de Creación de la jurisdicción especializada en delincuencia organizada en Costa Rica, aprobada el 13 de setiembre de 2017. Esto tras un error legislativo, pues en el Congreso no se le aprobó otra prórroga a la entrada en vigencia de esta ley y la misma adquiere vigencia derogando el artículo 2 de la Ley Contra la Delincuencia Organizada, el cual permitía que cualquier tribunal pudiera declarar las investigaciones del Ministerio Público como crimen organizado.
30 de octubre del 2019
Después de que pasaran 15 días en que la ley estuvo en vigencia, los diputados aprobaron una reforma a la Ley de Creación de la Jurisdicción Especializada en Delincuencia Organizada, denominada "Fortalecimiento de la Jurisdicción Especializada en Delincuencia Organizada" con la que pretendían ampliar el plazo de espera que se había vencido desde el pasado 13 de octubre y subsanar el "error" que se dio al permitir que la ley entrara en vigencia, sin que se contara con el presupuesto para que funcionaran los juzgados.
"Artículo 4: Se reforma la entrada en vigencia de la Ley N.º 9481, Creación de la Jurisdicción Especializada en Delincuencia Organizada en Costa Rica, de 13 de setiembre de 2017. El texto es el siguiente: Entrará en vigencia dieciocho meses después de que se haya otorgado el presupuesto necesario para su implementación, conforme a los estudios técnicos del Poder Judicial".
Un día después de esta publicación, el 31 de octubre del 2019, el Poder Judicial emitió un comunicado de prensa señalando que los procesos penales relacionados con la persecución de delitos sobre crimen organizado mantendrán su trámite ordinario, en todo el país, al ampliarse la vacancia de la legislación especializada por la Asamblea Legislativa.
28 de diciembre del 2020
Un juez penal realiza la declaratoria de crimen organizado en el caso Diamante, en donde se investiga una supuesta red de corrupción entre alcaldes y la empresa MECO por contratos de obra pública en esos municipios.
25 de enero del 2022
Los abogados de la dueña de la constructora H. Solís, Érick Gatgens Gómez y Francisco Campos Aguilar, expusieron este conflicto con la creación de la Jurisdicción de Delincuencia Organizada como uno los argumentos en los que sustentan una protesta por actividad procesal defectuosa, por una posible derogatoria del artículo 2 de la Ley contra la Delincuencia Organizada y piden que se anule la prueba recabada por el OIJ.
16 de febrero del 2022
El Juzgado Penal de Hacienda admite la derogatoria del artículo 2 de la Ley contra la Delincuencia Organizada, pero asegura que esa derogatoria no produjo efectos en el denominado caso "Cochinilla", en el tanto la declaratoria de Crimen Organizado, se realizó con anterioridad a esa derogatoria. "La resolución dictada por este Juzgado Penal no ordena la anulación de ninguna prueba, ni considera que haya existido ninguna nulidad dentro de este proceso penal.
Tras notificar lo resuelto, varias personas defensoras presentaron un recurso de apelación al que se le dará el trámite correspondiente.