Gobierno contradice a juez y multará por incumplir la restricción vehicular sanitaria

Juez señala que decretos en cuestión no han perdido vigencia. Gobierno dice lo contrario

6 de Nov. 2020 | 7:21 pm
Criterio del juez es que restricción vehicular obliga a usar transporte público, donde es imposible mantener distancia con otras personas.

Criterio del juez es que restricción vehicular obliga a usar transporte público, donde es imposible mantener distancia con otras personas.

(CRHoy.com). –El Gobierno de Carlos Alvarado anunció que seguirá aplicando multas a quienes incumplan la restricción sanitaria. Esto, pese a que un juez del Tribunal Contencioso Administrativo ordenó suspenderla, pues la medida estaría provocando más contagios de COVID-19.

"La restricción vehicular sanitaria sigue en pie y debe de ser respetada para evitar multas", afirmó Agustín Castro, ministro de Comunicación.

En una aclaración emitida este viernes 6 de noviembre al Estado y a los alcaldes que habían solicitado una medida cautelar contra la restricción, el juez dice que su primera sentencia había sido clara: la restricción vehicular sanitaria se suspende. 

Aclaración el juez a cargo de la medida cautelar.

Aclaración el juez a cargo de la medida cautelar.

"La parte dispositiva de la sentencia aquí recurrida es muy clara (suspensión de la restricción vehicular) restricción emanada de 2 decretos que no tienen una vigencia", escribió el juez en la aclaración.

El Gobierno anunció que la Procuraduría General de la República presentó una apelación contra la medida cautelar del juez, por lo que la decisión todavía no está en firme. 

Otra de las justificaciones del Gobierno es que la queja de los alcaldes fue contra 2 decretos en específico: el 45524 MOPT-S y el 42525 MOPT-S, que ya fueron sustituidos por otros decretos, pero que establecen exactamente lo mismo: la restricción vehicular por la pandemia, pues lo que ha hecho es prorrogar la medida.

Según el comunicado del Gobierno estos decretos "no tienen vigencia", pero el mismo juez aclaró en su sentencia que no han habido decretos que deroguen los primeros, por lo que su vigencia se mantiene.

En la aclaración de este viernes, el juez deja claro que se debe suspender la medida que nació desde marzo y que el Gobierno ha prorrogado a través de distintos decretos. Vía decreto también se han cambiado reglas como la ampliación de horario para circular o la flexibilización de los fines de semana.

"Es un documento que, hasta tanto no haya otro que lo derogue, se encuentra vigente en el tiempo", señala el juez en la resolución de este viernes, al tratar de explicar que se suspende la medida, independientemente del decreto que rige y contrario a lo que informó el Gobierno.

CRHoy.com hizo una serie de preguntas al Poder Ejecutivo para aclarar las inconsistencias de sus declaraciones iniciales, sin embargo, respondieron vía telefónica que estaban recopilando la información para poder referirse. 

En la aclaración de este viernes el juez también indica que "en caso de tomarse acciones en contra de lo ahí establecido, podría configurar" en el delito de desobediencia.

Hasta el momento, 8 meses después del inicio de la pandemia, el Gobierno ha sido incapaz de demostrar con estudios locales los resultados de aplicar la medida para reducir los casos de COVID-19.

Además, el Gobierno tampoco respondió a la Defensoría de los Habitantes la solicitud de los criterios científicos que ha usado para sostener esta medida en el tiempo.