MEP no tiene procesos abiertos para trasladar docentes al salario global
El Ministerio de Educación Pública advirtió que no existe ningún trámite ni proceso oficial para que docentes migren voluntariamente al salario global, ante información falsa que circula en redes sociales

Ministerio de Educación Pública (MEP)
La Dirección de Gestión de Talento Humano (DGTH) del Ministerio de Educación Pública (MEP) alerta a la población docente de que la institución no se encuentra realizando ni promoviendo ningún proceso o trámite para que los funcionarios opten por un traslado voluntario al régimen de salario global.
Cabe recordar que la única forma de que un funcionario del sector público pueda migrar del salario compuesto al salario global es la establecida en las reglas de transición que regula la Ley Marco de Empleo Público n.° 10.159, según las reformas realizadas al artículo 36 del Decreto Ejecutivo n.º 43.952-PLAN, mediante los Decretos Ejecutivos n.º 44.199 y 44.299-MIDEPLAN-PLAN.
La reforma señala lo siguiente:
"Las pautas de transición al esquema de salario global o apego al esquema de salario compuesto indicadas en el punto anterior, y conforme con lo indicado en el RLMEP, aplicarán de manera análoga cuando una persona servidora, además de tener un nombramiento en propiedad en un régimen de carrera administrativa, mantenga un nombramiento interino y ascendente desde antes del 10 de marzo de 2023. Posteriormente, sin mediar interrupción alguna en dicho nombramiento interino y cumpliendo con el procedimiento válido correspondiente, se procede a efectuar un nombramiento en el puesto y misma clasificación, pero de manera propietaria, materializando un movimiento ascendente y definitivo respecto al puesto que la persona ocupaba en propiedad de previo. La anterior circunstancia es la que hará posible la transición al esquema de salario global, siempre que el salario global aplicable al nuevo puesto al cual se asciende sea igual o superior al salario total ordinario que devengaría si se aplicara el salario compuesto en el puesto al que se asciende propietariamente; caso contrario, la persona podrá continuar siendo remunerada conforme con las reglas del esquema de salario compuesto, pero con un salario total que deberá quedar excluido de cualquier incremento en el salario base o en los complementos salariales inherentes."
Además, se destaca que los descensos, permutas, reubicaciones, recalificaciones, cambios de grupo ocupacional, cambios de grupo profesional, cambios de grado artístico, traslados internos o interinstitucionales, cuando sean jurídicamente procedentes, no generan transición al salario global.
Tampoco se considerará como supuesto que amerite dicha transición los casos de nuevos nombramientos, ya sea en un puesto con la misma clasificación o con una distinta, pero homóloga, equivalente o incluso inferior a la que ostentaba previamente.
"Lo anterior se comunica debido a la información errónea que circula en redes sociales. Se insta a la población a informarse únicamente mediante los medios oficiales previamente establecidos a nivel institucional", señaló la DGTH.
Ley para mejorar la efectividad del proceso de nombramientos en el MEP
En octubre, la Asamblea Legislativa aprobó el expediente 23.592, conocido como Ley para mejorar la efectividad del proceso de nombramientos en el Ministerio de Educación Pública (MEP).
Según la exposición de motivos, la iniciativa busca mejorar la eficiencia del proceso de nombramientos, con el objetivo de liberar al Departamento de Recursos Humanos de labores repetitivas y, en muchos casos, innecesarias. Estas tareas han limitado la posibilidad de desarrollar herramientas y metodologías que permitan una gestión más ágil y eficaz de los nombramientos.
La ley también pretende reducir la cantidad de desestimaciones que se producen tras los concursos de plazas, generadas por movimientos de traslado o descenso solicitados por docentes con propiedad. Además, busca brindar mayor estabilidad laboral a los docentes interinos que han ocupado plazas vacantes durante años.
La iniciativa modifica el Estatuto de Servicio Civil, vigente desde 1953, e incorpora nuevos artículos que introducen cambios estructurales en la gestión del personal del MEP. Entre sus principales objetivos se encuentran:
- garantizar una mayor estabilidad laboral,
- reducir la discrecionalidad en los movimientos de personal, y
- dar trazabilidad a los nombramientos mediante una plataforma digital integrada.
El proyecto fue impulsado por el diputado y jefe de fracción del Partido Unidad Social Cristiana (PUSC), Alejandro Pacheco Castro, junto con otros legisladores de su bancada, con excepción de las diputadas Daniela Rojas y Melina Ajoy.