No lo llevan a audiencia por paperas, Sala IV falla a favor de detenido
Prisión preventiva vencía a inicios de setiembre y sin su presencia la prorrogaron tres meses más
(CRHoy.com).- La Sala Constitucional le dio la razón a un privado de libertad a quien le ampliaron la prisión preventiva sin realizar una audiencia oral ante el brote de paperas que afecta al sistema carcelario.
El fallo del tribunal constitucional ordena al Juez Coordinador Suplente del Tribunal Penal de Limón realizar la audiencia y se convoque al privado de libertad a la misma y que se garantice su derecho para que manifieste si existen elementos que pudieren variar las circunstancias de la prisión preventiva.
La defensora pública Sofía Rojas presentó el recurso a favor de su defendido, de apellidos Valverde Fernández, quien permanece detenido en el Centro de Atención Institucional de Limón por el delito de robo agravado.
A inicios de setiembre el Ministerio Público solicitó la prórroga de dos meses en contra de Valverde Fernández, a quien incluso ya se le dictó auto de apertura a juicio.
Rojas indicó a los magistrados que ella se opuso a la ampliación de la prisión preventiva aduciendo que habían aportado pruebas solicitando un cambio de dicha medida.
Señaló que dejó bajo criterio del Tribunal la prórroga, sin que se convocara a su defendido y que tuviera la oportunidad de indicar lo que considerara pertinente en relación la solicitud del Ministerio Público.
"Desconocía si su representado quería solicitar algún cambio de medidas, declarar o presentar prueba, tal cual lo había realizado en las dos últimas audiencias. No obstante, el Tribunal de manera arbitraria le negó dicha posibilidad", indicó la defensora.
En su resolución, el Tribunal Penal de Limón no solo acepta la pretensión del Ministerio Público sino que impone tres meses de prisión preventiva en lugar de dos, como lo había pedido la Fiscalía.
Hernán Salazar, Juez Suplente Coordinador del Tribunal Penal de Limón le respondió a los magistrados que la no realización de la audiencia oral no obedece a un afán deliberado de lesionar la defensa de Valverde Fernández, "sino que que desde finales de Agosto de 2019 la sección de Cárceles del Organismo de Investigación Judicial había alertado acerca de un brote de paperas que estaba afectando distintos centres penales del país, por lo que no se estaban trasladando detenidos a prácticas judiciales en estrados, ello para evitar contagios, es así que atendiendo a las recomendaciones de dicha sección no se trasladaban detenidos a diligencias judiciales que estuvieran recluidos en algunos de los centres penales señalados".
Sin embargo, la Sala Constitucional, luego de analizar el caso señaló que el Tribunal Penal de Limón no justificó en la resolución donde se amplia la prisión preventiva los motivos del por qué no convocó al imputado y que éste –como es su derecho– pudiera manifestar lo que ha bien tuviera.
Ni tan siquiera se mencionó que la razón haya sido el brote de paperas, "pudo el juzgador prorrogar la prisión preventiva por un plazo menor, todo en aras de garantizar los demás actos procesales y una vez vencida la alerta por paperas, convocar a la audiencia".
