Sala IV denunció a 13 entidades públicas y privadas por desobedecer sentencias

Sala Constitucional envió a Fiscalía casos contra municipalidades, Hacienda, CCSS y MEP por desobediencia
En los últimos 4 años, la Sala IV ha remitido 17 expedientes al Ministerio Público contra 13 instituciones públicas y privadas, por desobedecer sentencias del órgano constitucional.
Entre las entidades señaladas figuran las municipalidades de Paraíso, Montes de Oca y Mora; el Ministerio de Hacienda; la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS); el Ministerio de Educación Pública (MEP); la Comisión Nacional de Asuntos Indígenas; así como organizaciones como la Cooperativa de Servicios Múltiples Globales de Costa Rica R.L. y diversas asociaciones de desarrollo y hogares de ancianos.
En dichas sentencias, los magistrados ratificaron que se violaron derechos constitucionales a ciudadanos y ordenaron a las entidades corregir las situaciones reclamadas en plazos establecidos. Sin embargo, las entidades denunciadas irrespetaron las órdenes, pese a que son vinculantes.
Instituciones con más casos de presunto desacato
Entre las entidades que acumulan más expedientes figura el Hogar de Ancianos Víctor Casco Torres, cuyo presidente enfrenta dos investigaciones denunciadas en 2024. En ambos casos, la Sala ordenó atender solicitudes de ciudadanos en un plazo máximo de cinco días; sin embargo, las disposiciones no fueron acatadas.
La Municipalidad de Paraíso suma dos procesos (2023 y 2024) por no responder gestiones ciudadanas dentro de los plazos establecidos, pese a las advertencias legales emitidas por la Sala.
El Ministerio de Hacienda registra igualmente dos casos. En uno, se cuestiona la falta de ejecución de un traslado de cuotas ordenado en un plazo de un mes; en el otro, la omisión en la entrega de un informe técnico solicitado por un ciudadano.
Otra entidad con reincidencia es la Cooperativa Globalcoop R.L., cuya gerencia enfrenta dos investigaciones en 2025 por no reintegrar montos cobrados indebidamente y por no concretar la devolución de dinero ni la desafiliación de una persona.
Casos individuales bajo investigación
El resto de expedientes corresponde a situaciones específicas en distintas instituciones.
En 2023, el representante legal del Hogar de Ancianos Fray Casiano de Madrid fue remitido al Ministerio Público por no responder una gestión dentro del plazo de tres días ordenado por la Sala.
Ese mismo año, el director de la Red Integrada de Prestación de Servicios de Salud Central Sur de la CCSS fue investigado por no contestar solicitudes administrativas dentro del tiempo establecido.
En 2024, el intendente del Concejo Municipal de Distrito de Paquera fue señalado por incumplir varias resoluciones consecutivas relacionadas con la entrega de información solicitada por un ciudadano.
En el ámbito municipal, el alcalde de Montes de Oca fue remitido por no ejecutar obras de infraestructura pluvial en el plazo de seis meses ordenado por la Sala, mientras que en Mora, el alcalde a.i. fue investigado en 2025 por no atender problemas de movilidad peatonal, específicamente la falta de aceras.
En materia de salud, funcionarios del Hospital Calderón Guardia fueron señalados por no suministrar un medicamento aprobado a un paciente dentro del plazo de un mes.
"Se ordena testimoniar piezas al Ministerio Público para que investigue el incumplimiento de lo resuelto por esta Sala", indicaron en la Sala.
Por su parte, autoridades de la Comisión Nacional de Asuntos Indígenas fueron remitidas en 2022 por no resolver una gestión administrativa ni cancelar prestaciones laborales.
En el Ministerio de Educación Pública, la Sala ordenó investigar a jerarcas por no garantizar el pago de salarios adeudados ni implementar medidas para evitar nuevas afectaciones a funcionarios.
Finalmente, en 2026, el presidente de la Asociación de Desarrollo Integral de Los Ángeles de San Ramón fue remitido al Ministerio Público por no acatar una orden que anulaba un proceso de desafiliación.
Marco legal y posibles sanciones
En todos los casos, la Sala Constitucional aplicó lo establecido en el artículo 71 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que contempla sanciones para quienes incumplan órdenes dictadas en recursos de amparo.
Las penas pueden ir desde:
- Tres meses hasta dos años de prisión
- 20 a 60 días multa