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Cambian incapacidades en la CCSS: Revise cuántos días le darán según su diagnóstico

20 de Abr. 2026 | 12:00 pm

La Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) aprobó una reforma al Reglamento para el Otorgamiento de Licencias e Incapacidades. El cambio redefine los días de incapacidad por enfermedad y amplía la lista de padecimientos con límites establecidos.

Hasta ahora, el reglamento incluía 16 enfermedades frecuentes en consulta externa. Cada una tenía un tope de días que iba de 2 a 15, según el diagnóstico.

Con la reforma, ese listado desaparece. En su lugar, se creó un nuevo catálogo con cerca de 80 patologías. Cada una tendrá un límite específico de días de incapacidad.

Este catálogo será de acatamiento obligatorio para los médicos. La propuesta surge tras irregularidades detectadas por la Auditoría de la institución. A partir de esto, se ajusta la forma en que se otorgan las incapacidades en medicina general.

El nuevo reglamento mantiene el criterio del médico tratante y debe definir los días de incapacidad para registrarlos en el expediente clínico. No obstante, su decisión debe ajustarse al catálogo oficial.

Además, el profesional deberá actuar bajo criterios de racionalidad, ética y respaldo técnico.

La norma también amplía los actores que pueden emitir recomendaciones. Incluye médicos de la CCSS, servicios autorizados, medicina de empresa y proveedores externos.

Se suman aseguradoras, medicina mixta y servicios privados, tanto nacionales como extranjeros. También entran los centros autorizados por el IAFA.

El reglamento establece que el catálogo será obligatorio en consulta externa y en servicios de urgencias. Cualquier cambio solo podrá hacerlo la Gerencia Médica, tras un análisis de la Comisión Central Evaluadora de Licencias e Incapacidades.

Si un paciente requiere más días de los establecidos, el médico deberá justificarlo. La razón debe quedar en el expediente clínico y contar con la autorización de la jefatura inmediata.

La Gerencia Médica publicará la reforma en el Diario Oficial La Gaceta. A partir de ese momento, se abrirá un plazo de 10 días hábiles para la audiencia pública. Durante ese periodo, los interesados podrán presentar observaciones.

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