Estas profesiones podrían ejercerse sin colegiarse con proyecto de Marta Esquivel

Un proyecto presentado por la diputada oficialista Marta Esquivel busca que algunos profesionales pueden ejercer sin necesidad de incorporarse a su colegio profesional, tanto en el sector público y privado.
Además, prohíbe que las instituciones públicas o privadas la exijan como requisito para trabajar o ejercer una profesión.
La iniciativa excluye a actividades consideradas de especial riesgo para la vida, la salud, la seguridad, la fe pública o los derechos de terceros.
Las profesiones que podrían ejercer sin colegiarse son:
- Administración de empresas
- Economía
- Contaduría, siempre que el ejercicio concreto no esté sujeto a otra obligación legal de colegiatura
- Periodismo y comunicación
- Publicidad
- Diseño
- Informática y computación
- Ciencias políticas
- Sociología
- Psicología, según cómo opere la legislación específica que regula la profesión
- Trabajo social
- Historia
- Geografía
- Filosofía
- Biología
- Química
- Física
- Matemáticas
- Estadística
- Turismo
- Bibliotecología
- Archivística
- Relaciones internacionales
- Recursos humanos
- Mercadeo
- Traducción e interpretación
- Artes y disciplinas afines
Quedarían con colegiatura obligatoria
Las excepciones serían:
- Medicina y Cirugía, Farmacia, Microbiología, Odontología y Enfermería.
- Derecho, cuando se trate de representación, patrocinio, defensa técnica o asesoría jurídica en sede jurisdiccional, mecanismos de resolución alterna de conflictos o ejercicio del notariado.
- Ingenierías civil, estructural, eléctrica, mecánica, electromecánica, topográfica, en construcción y en telecomunicaciones.
El texto también prohíbe exigir la colegiatura como requisito para acceder a un empleo o prestar servicios profesionales en aquellas actividades donde no sea obligatoria.
La propuesta también limita las funciones de los colegios profesionales. Estos podrían continuar con tareas de representación gremial, capacitación, formación continua y certificación voluntaria, mientras que sus potestades disciplinarias y de supervisión se limitarían a sus afiliados.
Otro cambio relevante es que los colegios no podrían cobrar cuotas, timbres u otras cargas económicas como condición para ejercer una profesión cuando la colegiatura sea voluntaria.
Luego de la presentación, el texto deberá ingresar a una comisión para iniciar su trámite legislativo.