Sindicatos apelan acuerdo que anuló designación de Rocío Alfaro en la CCSS

Los sindicatos apelaron ante el Consejo de Gobierno la anulación del nombramiento de Rocío Alfaro en la junta directiva de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS).
Alegan que la decisión de los sindicatos fue adoptada democráticamente y que el cuerpo de ministros y la presidenta Laura Fernández no tienen potestad para invalidarla.
Los sindicatos sostienen que el Consejo de Gobierno excedió las competencias que le otorga la ley. Argumentan que su función se limita a verificar el cumplimiento de los requisitos legales de las personas electas y no a valorar aspectos de conveniencia, oportunidad o idoneidad política.
"El Consejo de Gobierno transformó una potestad reglada de verificación de requisitos legales en una potestad discrecional para decidir quién puede y quién no puede representar al Movimiento Sindical ante la Junta Directiva de la Caja Costarricense de Seguro Social", señala el recurso.
Los sindicatos sostienen que el Poder Ejecutivo no puede sustituir la voluntad de los sindicatos ni escoger a la persona que considere más conveniente para ocupar la representación sindical.
En el documento se advierte que una interpretación distinta permitiría al Consejo de Gobierno rechazar de forma sucesiva a las personas electas hasta obtener perfiles acordes con sus propios criterios.
Cuestionan argumentos
Según el recurso, el Consejo de Gobierno reinterpretó requisitos legales para exigir condiciones que no están previstas en la normativa. Además, afirman que tomó en cuenta aspectos como la militancia política de la dirigente sindical, su trayectoria parlamentaria, opiniones públicas y escenarios hipotéticos sobre el funcionamiento futuro de la Junta Directiva.
A criterio de los sindicatos, esos elementos demuestran que el análisis realizado por el Ejecutivo no fue de legalidad, sino de oportunidad, conveniencia y confianza política.
Los sindicatos sostienen además que la representación sindical en la Junta Directiva de la CCSS es una garantía establecida por ley y que no constituye una concesión del Poder Ejecutivo.
En el recurso, las organizaciones también cuestionan la valoración de los hechos utilizada para fundamentar el rechazo de los nombramientos y afirman que las conclusiones incluidas en la certificación que respalda el acuerdo carecen de soporte probatorio suficiente.
