Ministro de Justicia confirma que decreto de Laura Fernández no modifica duración del año carcelario

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Gabriel Aguilar, nuevo ministro de Justicia, confirmó que el decreto firmado por la presidenta Laura Fernández el día de su juramentación no "inventó" ni modificó la duración del año carcelario, pese a que así lo sugirió la mandataria durante el acto oficial.

El pasado 8 de mayo, Fernández firmó tres decretos ejecutivos. Uno de ellos, según explicó en ese momento, corresponde a un nuevo reglamento sobre el cálculo de penas y beneficios penitenciarios para personas privadas de libertad.

"No va a quedar duda de que el año carcelario es de 360 días, ya no más alcahueterías de que la cárcel es de ocho meses al año. Con este nuevo reglamento, los jueces no tendrán espacio para interpretar en menos días el año de condena", aseguró la mandataria.

Sin embargo, tanto el Código Penal como otra normativa de rango superior ya establecen desde hace años que el año penitenciario equivale a 360 días. Ante los cuestionamientos surgidos tras el anuncio, Aguilar aclaró que el decreto no altera esa disposición.

"Este decreto no viene a inventar que el año carcelario tiene 360 días, eso ya existe. Lo importante es otra cosa: venimos a cerrar portillos", afirmó el jerarca.

Según explicó, el decreto busca precisar qué actividades permiten descontar días de condena. El Código Penal ya contempla que una persona privada de libertad pueda rebajar un día de prisión por cada dos días de trabajo o estudio efectivo, con un máximo de reducción de cuatro meses por año.

Es decir, aun bajo el escenario más favorable, un año carcelario no puede reducirse a menos de ocho meses, sin importar la cantidad de horas trabajadas o estudiadas. Lo que regula el decreto firmado por Fernández es la interpretación de esas actividades y los mecanismos de control sobre su cumplimiento.

"Durante años se ha permitido que actividades artísticas, literarias y artesanales se tomen como trabajo para descontar pena. El decreto, de ahora en adelante, se ajustará a la ley. Si un privado de libertad quiere que se le rebaje la condena, tiene que ganárselo con horario, control y supervisión", añadió Aguilar.

El ministro también indicó que el decreto establece que, para optar por un régimen de confianza, un recluso deberá haber descontado al menos un tercio de la pena impuesta y someterse a una revisión exhaustiva.

De esta manera, el nuevo reglamento no modifica sustancialmente la legislación vigente, sino que redefine los criterios de interpretación y aplicación de beneficios penitenciarios ya contemplados en la ley.

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