Sala IV niega abuso de autoridad en detención de Marta Esquivel por caso Barrenador
Sala IV solo declaró recurso habeas corpus parcialmente con lugar
La Sala Constitucional rechazó los alegatos de Marta Esquivel, presidenta ejecutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social separada del cargo, que tenían como objetivo refutar su detención, permanencia en celdas judiciales, decomiso de pasaporte y que además, pretendían anular uno de los allanamientos por el caso Barrenador.
Los magistrados declararon parcialmente con lugar un recurso de habeas corpus presentado por la jerarca suspendida, pero declaró sin lugar el grueso de los argumentos que elevó Esquivel ante el tribunal constitucional.
La Sala IV desestimó que existiera algún agravio contra la funcionaria por haberla detenido, por las condiciones de la estadía en la Delegación Regional de Pérez Zeledón del OIJ o el uso de una perrera para trasladarla.
Los altos jueces tampoco encontraron fallos en el actual del Ministerio Público, las declaraciones que brindaron el director del Organismo de Investigación judicial (OIJ) o el fiscal general sobre el caso el día de los allanamientos, ni tampoco en haberle denegado la devolución de los pasaportes incautados.
La Sala tampoco le dio la razón a Esquivel, que pretendía anular los allanamientos y la participación de algunas personas como denunciadas. De esta forma, los magistrados no encontraron vicios cómo actuaron las autoridades judiciales y negaron la existencia de un "abuso de autoridad".
El único aspecto en el cual se declaró con lugar el recurso de la presidenta ejecutiva de la CCSS, es que la policía judicial no previó un mecanismo de comunicación entre ella cuando viajaba en perrera, y los custodios que la trasladaban.
El por tanto de la sentencia 2024-034692 ante el recurso habeas corpus 24-028484-0007-CO tramitado por la jerarca investigada, fue votado este miércoles 20 de noviembre e indica:
Se declara parcialmente con lugar el recurso por la omisión de no haber previsto algún mecanismo de comunicación entre la amparada y el personal de custodia del Organismo de Investigación Judicial, durante el traslado objeto de este asunto, con el fin de atender sus necesidades fisiológicas. Se condena al Estado al pago de los daños y perjuicios causados con los hechos que sirven de base a esta declaratoria, los que se liquidarán en ejecución de sentencia de lo contencioso-administrativo.
En cuanto a los agravios respecto de la detención, las condiciones de su estadía en la Delegación Regional de Pérez Zeledón del OIJ, el uso del vehículo para el traslado de personas detenidas, las actuaciones del Ministerio Público en la causa penal, los alegatos relativos a las personas denunciadas, las declaraciones de las autoridades en los medios de comunicación, la denegatoria de la devolución de los pasaportes, la solicitud de nulidad de los allanamientos y los demás extremos conexos, se declara sin lugar el recurso. El magistrado Rueda Leal da razones adicionales. Notifíquese.
Los alegatos
El habeas corpus presentado por presidenta ejecutiva de la CCSS, Marta Eugenia Esquivel, fue para "denunciar" la detención que le hicieron debido al caso Barrenador y el traslado en perrera, dado que le provocaron un "agobio" y "trastorno emocional".
"Al momento de ser trasladada en una "perrera", se me hizo entrega de una bolsa plástica, pues me informaron que era un hecho que sentiría náuseas en ese vehículo. El vehículo iba bajo una lluvia copiosa a gran velocidad. Por momentos, ponían una sirena que suena muy fuerte y venía golpeándome en las paredes del carro", parafrasea parte del relato.
La jerarca insistió en refutar que interpusieran una orden de captura en su contra, en lugar de citarla. La presidenta ejecutiva separada insistió en que para ella, no era necesaria la detención, sino que con una orden de presentación bastaba.
"Bajo ese contexto, la imagen del indiciado, su prestigio, su buen nombre queda social e imperecederamente mancillado públicamente", aseguró Esquivel ante la Sala Constitucional.
La jerarca fue llevada a las celdas del II Circuito Judicial de San José, donde permaneció por más de tres horas. La llevaron a la Fiscalía, donde después de leer más de 50 hechos y declarar por varias horas, llevaron otro expediente para indagarla, sobre un presunto delito de peculado, por hechos ocurridos de enero del año en curso.
Según Esquivel, esa indagatoria no era urgente y "su finalidad era seguir con la estrategia de intimidación", también calificó el proceso como "grosero, excesivo y desproporcionado".
De acuerdo con lo que expuso Esquivel, lo que el Ministerio Público pretendía era "golpear su ánimo como funcionaria pública de alto nivel del Poder Ejecutivo y propiciar una renuncia que desataría un escándalo público".
Tras los allanamientos, el Organismo de Investigación Judicial (OIJ) aclaró que el traslado de Marta Esquivel en una patrulla de la Unidad de Cárceles conocida como "perrera", estuvo completamente apegado a los protocolos de la institución para el manejo de personas detenidas, independientemente de quién se tratara.
En resumen, cuando se ejecutaron todos los operativos y detenciones por el caso Barrenador, la presidenta ejecutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) no estaba en el apartamento donde vive y donde la policía judicial esperaba detenerla.
En su lugar, Esquivel se entregó en los Tribunales de Pérez Zeledón donde quedó detenida. Como ella llegó por sus propios medios a la sede judicial, quedó inmediatamente bajo custodia de la Unidad de Cárceles y no de los agentes investigadores a cargo de los allanamientos.
Por ende, en cuanto la jerarca o cualquier otra persona que pasa a celdas del OIJ, los oficiales de esa Unidad deben apegarse al procedimiento habitual y utilizar las patrullas tipo "perrera"; y no pueden movilizar a los detenidos en el asiento trasero de un vehículo sedán o 4×4, como pasó con el resto de directivos.

